- Ley
- Ley del Notariado para la Ciudad de México
- Artículo
- 54
Artículo 54 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres presentar el examen para ser Notario en la Ciudad de México, debes cumplir con lo siguiente: ser mexicano de nacimiento, tener entre 25 y 60 años cumplidos al momento de pedir el examen. Necesitas estar en pleno uso de tus derechos civiles y tener buena salud física y mental que no afecte tu capacidad para trabajar como Notario. Además, debes tener buena reputación personal y profesional, no ser sacerdote ni ministro de ningún culto religioso. Es obligatorio ser abogado o licenciado en Derecho con título y cédula profesional, no tener juicios pendientes ni haber sido condenado por un delito intencional (hecho a propósito). También debes comprobar al menos 12 meses seguidos de práctica con un Notario de la Ciudad de México, y puedes pedir el examen hasta un año después de terminar esa práctica. La solicitud se hace por escrito en el formato oficial, con copia para el Colegio de Notarios, y aceptas que el resultado del jurado será definitivo. La autoridad te avisará en 15 días la fecha del examen, y este debe aplicarse en los 30 días siguientes. No puedes presentarlo si estás temporalmente impedido por haber reprobado antes.
Texto oficial
Artículo 54. Para solicitar el examen de aspirante a Notario, el interesado deberá satisfacer los siguientes requisitos: Ser mexicano por nacimiento, tener veinticinco años cumplidos y no más de sesenta al momento de solicitar el examen; Estar en pleno ejercicio de sus derechos y gozar de facultades físicas y mentales que no impidan el uso de sus capacidades intelectuales para el ejercicio de la función Notarial. Gozar de buena reputación personal y honorabilidad profesional y no ser ministro de culto; Ser profesional del Derecho, con título de abogado o licenciado en Derecho y con cédula profesional; No estar sujeto a proceso, ni haber sido sentenciado por sentencia ejecutoriada, por delito doloso; Acreditar cuando menos doce meses de práctica Notarial ininterrumpida, bajo la dirección y responsabilidad de algún Notario de la Ciudad de México, pudiendo mediar un lapso de hasta un año entre la terminación de dicha práctica y la solicitud del examen correspondiente; Presentar dicha solicitud por escrito a la autoridad competente en el formulario autorizado al efecto por la misma, marcando copia al Colegio, requisitando los datos y acompañando los documentos que el mismo formulario señale; Expresar su sometimiento a lo inapelable del fallo del jurado; y No estar impedido temporalmente por reprobación al momento en que se vaya a efectuar el examen. Una vez presentada la solicitud y acreditados los requisitos que anteceden, la autoridad comunicará al interesado, dentro de los quince días naturales siguientes, el día, hora y lugar en que se realizará el examen. Entre dicha comunicación y la fecha del examen no podrán mediar más de treinta días naturales. De la comunicación señalada en el párrafo que antecede se marcará copia al Colegio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.