- Ley
- Ley del Notariado para la Ciudad de México
- Artículo
- 77
Artículo 77 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un notario tiene que escribir escrituras, debe usar un libro especial llamado protocolo. Cada hoja de ese libro debe tener un número único y usarse por ambos lados, una detrás de otra. Normalmente, un libro se forma con 200 hojas, pero si en la hoja 200 aún no termina de escribir una escritura, no puede cortarla: debe empezar un nuevo libro con esa escritura. En casos especiales, si la escritura es muy larga y pasa de la hoja 200, se permite que ese libro tenga más hojas, pero igual se comienza un libro nuevo y se pone una nota al final del viejo para explicar por qué se cerró antes de tiempo. Eso sí, esa nota no es necesaria si el libro viejo ya tiene más de 180 hojas usadas.
Texto oficial
Artículo 77. Los instrumentos, libros y apéndices que integren el protocolo ordinario deberán ser numerados progresivamente. Los folios deberán utilizarse en forma progresiva por ambas caras y los instrumentos que se asienten en ellos se ordenarán en forma sucesiva y cronológica por el Notario, y se encuadernarán en libros que se integrarán por doscientos folios, excepto cuando el Notario deba asentar un instrumento con el cual rebasaría ese número, en cuyo caso deberá dar por terminado el libro sin asentar dicho instrumento, iniciando con éste el libro siguiente. Excepcionalmente, un libro de protocolo ordinario podrá exceder de doscientos folios, si el instrumento que corresponda asentar rebasare ese número, en cuyo caso, se iniciará la formación del libro siguiente, previa razón de terminación del libro en uso, la que se asentará en hoja común no foliada que se agregará al final del libro que se da por terminado, sin que este contenga doscientos folios. Dicha razón no será necesaria cuando el libro que se dé por terminado contuviere más de ciento ochenta folios usados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.