- Ley
- Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero que se usa para construir o mantener obras públicas, como carreteras o parques, se maneja según lo que diga el presupuesto anual de la Ciudad de México. Esto también aplica para obras que antes eran manejadas por empresas privadas, pero que pasaron a ser propiedad del gobierno de la Ciudad. Además, se deben seguir las reglas del Código Fiscal de la Ciudad de México, que es el conjunto de leyes que explica cómo se pagan los impuestos y se administra el dinero público. En pocas palabras, todo gasto en obra pública debe hacerse siguiendo las leyes y el presupuesto autorizado cada año.
Texto oficial
Artículo 12.- El gasto de la obra pública, incluyendo el de inversión que haya que hacer a las obras concesionadas cuando han pasado a poder de la Ciudad de México, se sujetará a las disposiciones específicas anuales de los Presupuestos de Egresos de la Ciudad de México, así́ como a lo previsto en el Código Fiscal de la Ciudad de México y demás disposiciones aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.