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Ley
Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México
Artículo
35

Artículo 35 de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando participas en una licitación del gobierno o firmas un contrato con ellos, tienes que dar ciertas garantías. Una es para demostrar que tu propuesta va en serio; el gobierno guarda ese dinero hasta que deciden quién gana, y luego se lo devuelven a todos menos al ganador. A ese ganador le retienen la garantía hasta que firme el contrato y entregue otra garantía para cumplir con lo acordado. También debes dar garantía si recibes un adelanto de dinero, la cual debe cubrir el monto total incluyendo el IVA. Por último, debes garantizar que vas a cumplir el contrato y responder por cualquier defecto o problema que surja después. Las reglas exactas de cómo y cuánto garantizar se definen en las bases de la licitación, y el ganador tiene 10 días hábiles para presentar la garantía de adelanto y de contrato.

Texto oficial

Articulo 35.- Quienes participen en las licitaciones o celebren los contratos a que se refiere esta Ley, deberán garantizar: La seriedad de sus propuestas en los procedimientos de licitación; La dependencia, órgano desconcentrado, alcaldía o entidad convocante conservará en custodia las garantías de que se trate hasta la fecha del fallo, en que serán devueltas a las personas concursantes, salvo la de aquella a quien se hubiere declarado ganadora, la que se retendrá́ hasta el momento en que la persona contratista constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente, y haya firmado el mismo; Los anticipos, que en su caso reciban. esta garantía deberá constituirse por el monto del anticipo, incluyendo el impuesto al valor agregado, y El cumplimiento de los contratos, así como los defectos o vicios ocultos que llegaren a resultar y por cualquier otra responsabilidad que surja en la obra. Para los efectos de las fracciones I y III, se fijarán las bases, forma y porcentajes a los que deberán sujetarse las garantías que deban constituirse a su favor en las políticas administrativas, bases y lineamientos. La opción se especificará desde la convocatoria y se ratificará en las bases. Las garantías previstas en las fracciones II y III de este artículo, deberán presentarse dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que el concursante ganador reciba copia del fallo de adjudicación. El o los anticipos correspondientes, se entregarán a más tardar, dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la garantía.

Ver texto oficial de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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