Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-obras-publicas/42
- Ley
- Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México
- Artículo
- 42
Artículo 42 de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo simplemente dice que la ley que estaba aquí ya no vale, fue eliminada oficialmente. Cuando una ley se deroga, significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si la borraran del libro de leyes. Entonces, no hay nada más que explicar aquí, porque esa regla ya no existe.
Texto oficial
Artículo 42.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.