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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-obras-publicas/42
Ley
Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México
Artículo
42

Artículo 42 de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo simplemente dice que la ley que estaba aquí ya no vale, fue eliminada oficialmente. Cuando una ley se deroga, significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si la borraran del libro de leyes. Entonces, no hay nada más que explicar aquí, porque esa regla ya no existe.

Texto oficial

Artículo 42.- Se deroga.

Ver texto oficial de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.