- Ley
- Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que sea jefa o jefe de Gobierno de la Ciudad de México tiene la obligación de crear las reglas y planes necesarios para que se cumpla esta ley. También debe asegurarse de que los trámites sean más sencillos y rápidos (simplificación administrativa), que ciertas decisiones y tareas se hagan desde las oficinas más cercanas a la gente (descentralización) y que los jefes puedan pasar sus responsabilidades a otros sin problemas (delegación de facultades). En pocas palabras, busca que el gobierno sea más fácil de entender y más ágil para ti.
Texto oficial
Artículo 7. - La persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, establecerá las políticas necesarias para la adopción e instrumentación de las acciones que se deban llevar a cabo en cumplimiento de esta Ley, y para que se observen criterios que promuevan la simplificación administrativa, la descentralización de las funciones y la efectiva delegación de facultades. Artículo reformado G.O. CDMX 30/11/22
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.