- Ley
- Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
- Artículo
- 54
Artículo 54 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Permanente es un grupo de diputados y senadores que trabaja mientras el Congreso está de vacaciones o en descanso. Ellos se encargan de tomar decisiones y hacer las funciones que les tocan según la ley y su reglamento. Básicamente, es como un "equipo de guardia" que mantiene al Congreso funcionando cuando no hay sesiones normales.
Texto oficial
Artículo 54. La Comisión Permanente del Congreso es el Órgano deliberativo que sesionará durante los recesos de ésta y cuyas atribuciones se encuentran establecidas en los términos de la presente ley y el reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.