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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-congreso/64
Ley
Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Artículo
64

Artículo 64 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Permanente deja de sesionar cuando el Congreso entra en un periodo extraordinario. En otras palabras, mientras los diputados y senadores se reúnen de manera especial, la Comisión Permanente (que es como un grupo de guardia) se pone en pausa. Es como si un equipo de relevos se detuviera mientras el equipo principal está trabajando. Eso sí, esto solo pasa durante esos lapsos extraordinarios, no en los periodos normales.

Texto oficial

Artículo 64. La Comisión Permanente suspenderá sus sesiones durante los periodos extraordinarios del Congreso.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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