- Ley
- Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
- Artículo
- 69
Artículo 69 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para quitar a un diputado de una comisión, ya sea por un tiempo o para siempre, el presidente o vicepresidente de esa comisión tiene que pedirlo. También deben mandar un documento firmado por la mayoría de los miembros de la comisión donde estén de acuerdo. Ese documento se lleva a una sesión del Pleno (todos los diputados juntos) y se necesita que la mayoría de los diputados que estén ahí presentes lo aprueben. Además, al mismo tiempo y de la misma forma, se tiene que nombrar a quien ocupará ese lugar.
Texto oficial
Artículo 69. Para remover temporal o definitivamente de las Comisiones a alguna o algún Diputado, se requiere que lo solicite la o el Presidente de la Comisión o en su caso la o el Vicepresidente de la misma y que envíen acuerdo aprobado por la mayoría de sus integrantes al Pleno para su aprobación por mayoría de las y los Diputados presentes, debiéndose designar de la misma forma a la o el Diputado que ocupará esa posición.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.