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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-congreso/69
Ley
Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Artículo
69

Artículo 69 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para quitar a un diputado de una comisión, ya sea por un tiempo o para siempre, el presidente o vicepresidente de esa comisión tiene que pedirlo. También deben mandar un documento firmado por la mayoría de los miembros de la comisión donde estén de acuerdo. Ese documento se lleva a una sesión del Pleno (todos los diputados juntos) y se necesita que la mayoría de los diputados que estén ahí presentes lo aprueben. Además, al mismo tiempo y de la misma forma, se tiene que nombrar a quien ocupará ese lugar.

Texto oficial

Artículo 69. Para remover temporal o definitivamente de las Comisiones a alguna o algún Diputado, se requiere que lo solicite la o el Presidente de la Comisión o en su caso la o el Vicepresidente de la misma y que envíen acuerdo aprobado por la mayoría de sus integrantes al Pleno para su aprobación por mayoría de las y los Diputados presentes, debiéndose designar de la misma forma a la o el Diputado que ocupará esa posición.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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