- Ley
- Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
- Artículo
- 95
Artículo 95 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Coordinación de Servicios Parlamentarios es como el área que se encarga de que todo funcione bien en el Congreso: revisa que se cumplan las leyes, que los trámites administrativos y financieros estén en orden, y supervisa los servicios que se ofrecen. Su trabajo es ayudar a la Mesa Directiva (los que dirigen las sesiones) para que las reuniones del Pleno (todas y todos los diputados), las Comisiones y los Comités se desarrollen sin problemas. La persona que está al frente, el o la Coordinadora, debe ser imparcial y se encarga de juntar y guardar todos los acuerdos y decisiones importantes que se toman. Para ocupar ese puesto, se necesitan los mismos requisitos que marca el Reglamento del Congreso en sus artículos 487 y 488.
Texto oficial
Artículo 95. La Coordinación de Servicios Parlamentarios se encarga de la coordinación, supervisión y ejecución de las atribuciones que permitan el cumplimiento de las funciones legislativas, administrativas y financieras; constituye el ámbito de coordinación y supervisión de los servicios del Congreso y observa en su actuación las disposiciones de la Constitución Local, de esta ley, el reglamento y los demás ordenamientos, políticas y lineamientos aplicables. A la Coordinación de Servicios Parlamentarios le corresponde la asistencia a la Mesa Directiva para el desarrollo de las sesiones del Pleno y a las Comisiones y los Comités. La o el Coordinador de Servicios Parlamentarios vela por la imparcialidad de los servicios a su cargo y realiza la compilación y registro de los acuerdos, precedentes y prácticas parlamentarias; para ser designado Coordinador A la Coordinación de Servicios Parlamentarios le corresponderá realizar las facultades señaladas en el artículo 487 y 488 del Reglamento, así como los requisitos para ser la o el titular de la misma. CAPÍTULO III De la Oficialía Mayor
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.