- Ley
- Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 72
Artículo 72 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre cómo funciona el trabajo dentro de la Fiscalía General para el personal que hace labores importantes (llamado "personal sustantivo"). Básicamente, existe un sistema de carrera que define cómo entras a trabajar, cómo te mantienes en el puesto, cómo asciendes, qué estímulos recibes y cómo te pueden separar del trabajo. Para entrar o subir de puesto, no solo cuentan tus méritos y tu perfil, sino que también se debe procurar que haya equidad entre hombres y mujeres, sobre todo en áreas como la policía de investigación y científica. Además, todo el personal debe pasar exámenes de conocimientos, de habilidades profesionales y de confianza, y también tomar cursos de actualización que dé el instituto. Finalmente, todos los requisitos y perfiles para entrar, capacitarse, evaluarse, pasar el control de confianza y ascender se definen en un reglamento aparte.
Texto oficial
Artículo 72. Servicio Profesional. El Servicio Profesional de Carrera, será el sistema integral de regulación del empleo público del personal sustantivo que preste sus servicios en la Fiscalía General, el cual comprenderá: ingreso, permanencia, promoción, estímulos y separación. Para el ingreso y promoción del personal sustantivo, se tomará en consideración además de los méritos y perfil, el principio de paridad de género, en especial en lo que se refiere a la policía de investigación, técnica y científica. El personal sustantivo, deberá aprobar las evaluaciones de Conocimientos Generales, de Competencias Profesionales y de control de confianza, así como, los cursos de actualización que imparta el instituto y se determinen en el Reglamento. Los requisitos y perfiles para el ingreso, capacitación, evaluación, control de confianza y promoción del personal sustantivo, se determinaran en el Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.