- Ley
- Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 73
Artículo 73 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Servicio Profesional de Carrera es un sistema que busca que los trabajadores del gobierno sean más profesionales y tengan las mismas oportunidades, sin importar si son hombres o mujeres. Su objetivo es garantizar que reciban un sueldo justo, prestaciones de ley, y que actúen con ética y sin intereses personales en su trabajo. Para lograrlo, se van a usar los recursos necesarios (dinero, personal y herramientas) y se va a dar capacitación constante, todo con la idea de evitar violaciones a derechos humanos y actos de corrupción. También se van a dar bonos o reconocimientos especiales al personal que realiza funciones clave en la institución.
Texto oficial
Artículo 73. Regulación del Servicio Profesional El Servicio Profesional de Carrera, estará regulado en el Reglamento correspondiente y se ejecutará de conformidad con los Planes y Programas respectivos, contará para su implementación con los recursos financieros, técnicos y humanos suficientes, para su operación. El Servicio Profesional de Carrera, será organizado con la finalidad de estimular el profesionalismo, la igualdad de oportunidades laborales entre mujeres y hombres, remuneración adecuada, garantías de seguridad social, el crecimiento institucional, el comportamiento ético, la independencia técnica y las prácticas para erradicar conflictos de interés; la iniciativa, innovación y la eficiencia institucional, la capacitación continua todo ello para erradicar violaciones a derechos humanos y los actos de corrupción, mediante una estructura organizada de prevención, seguimiento y mejora continua. Considerando las compensaciones e incentivos debidos para el personal sustantivo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.