- Ley
- Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 90
Artículo 90 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía General va a tener un dinero extra, como un ahorro especial, que solo se usa para emergencias. Con eso se asegura de que pueda seguir trabajando sin problemas cuando ocurra algo urgente o imprevisto. Quién va a cuidar ese dinero y decidir cómo se gasta será la Coordinación General de Administración, que es el área encargada de manejar los recursos. En pocas palabras, es un fondo de reserva para que la Fiscalía no se quede sin poder actuar en situaciones críticas.
Texto oficial
Artículo 90. Fondo Especial para Emergencias La Fiscalía General contará con un fondo especial para emergencias para garantizar el desarrollo de sus actividades. La responsabilidad, gestión y administración de éste será facultad de la Coordinación General de Administración. TÍTULO NOVENO COORDINACIÓN CON ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA, PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Capítulo Único
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