Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-poder-ejecutivo-administracion-publica/24
Ley
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando dos o más dependencias del gobierno se pelean por quién debe hacer un trabajo, o cuando no está claro a cuál le toca, el Jefe de Gobierno decide. Él es quien resuelve la bronca para que una de ellas se encargue. Así, nadie se hace wey y el asunto no se queda sin atender.

Texto oficial

Artículo 24. La persona titular de la Jefatura de Gobierno resolverá, lo procedente, cuando exista duda sobre la competencia de alguna Dependencia o cuando exista controversia sobre la competencia de dos o más Dependencias.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.