- Ley
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las entidades que forman parte de la Administración Pública Paraestatal son básicamente de tres tipos. Los organismos descentralizados son como los institutos u organismos públicos que tienen cierta independencia del gobierno, como el IMSS. Las empresas de participación estatal mayoritaria son aquellas donde el gobierno es el dueño principal, como Pemex o la CFE. También están los fideicomisos públicos, que son fondos o patrimonios que el gobierno administra para un fin específico, como construir carreteras o apoyar proyectos.
Texto oficial
Artículo 44. La Administración Pública Paraestatal se compone de las siguientes Entidades: Organismos descentralizados; Empresas de participación estatal mayoritaria; Fideicomisos públicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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