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Ley
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
50

Artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que está al mando de cada oficina o empresa del gobierno (como un hospital o una junta de agua) se llama "director general". A ese director lo nombra y lo puede quitar el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, cuando él quiera y sin tener que dar explicaciones.

Texto oficial

Artículo 50. Al frente de cada Entidad Paraestatal habrá una persona titular de la Dirección General que será nombrada y removida libremente por la persona titular de la Jefatura de Gobierno.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.