- Ley
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 81
Artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Cabildo (que es un grupo de personas que toman decisiones importantes en el gobierno) tendrá una Secretaría Técnica, que es como un puesto de apoyo. Esta persona será elegida cuando todos los alcaldes y alcaldesas estén de acuerdo, a partir de una sugerencia que haga el Jefe de Gobierno. El tiempo que dure en el puesto lo decidirá el mismo Cabildo. No hay una fecha fija, ellos determinan cuándo termina.
Texto oficial
Artículo 81. El Cabildo contará con una Secretaría Técnica que será nombrado por consenso de los Alcaldes y Alcaldesas, a propuesta de la persona titular de la Jefatura de Gobierno y durará en su encargo por el tiempo que el Cabildo lo determine.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.