- Ley
- Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta de Gobierno y Administración es como la oficina encargada de administrar, supervisar y mantener el orden dentro del Tribunal. También se encarga de todo lo relacionado con la carrera de los jueces, como su formación o ascensos. Este órgano puede tomar decisiones técnicas y organizar su trabajo por su cuenta, sin que otra autoridad se meta en cómo lo hace. Básicamente, tienen libertad para cumplir con sus funciones de la manera que consideren más adecuada.
Texto oficial
Artículo 18. La Junta de Gobierno y Administración será el órgano del Tribunal que tendrá a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, y contará con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.