- Ley
- Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México
- Artículo
- 47
Artículo 47 de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ves o sabes que alguien está haciendo algo que pueda dañar o destruir un edificio, monumento o lugar que haya sido declarado como Patrimonio de la Ciudad, tienes la obligación de reportarlo. Ese reporte debes hacerlo ante la Procuraduría, que es la dependencia encargada de investigar y proteger estos bienes. No importa si no eres el dueño o la autoridad, cualquier persona puede y debe denunciar para evitar que se pierda algo valioso para la ciudad.
Texto oficial
Artículo 47. Cualquier persona que tenga conocimiento de actos o hechos que impliquen peligro de destrucción o deterioro en un bien declarado Patrimonio de la Ciudad, deberá denunciarlo ante la Procuraduría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.