- Ley
- Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
- Artículo
- 10
Artículo 10 de la Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los ciudadanos del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) son las personas mexicanas, mujeres y hombres, que tengan más de 18 años, tengan un modo honesto de vivir (es decir, que no vivan de actividades ilegales) y además sean originarios o vecinos de la ciudad.
Texto oficial
ARTICULO 10.- Son ciudadanos del Distrito Federal las mujeres y varones mexicanos que hayan cumplido más de dieciocho años y tengan un modo honesto de vivir y posean además, la calidad de vecinos u originarios del mismo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.