- Ley
- Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las personas que viven en la Ciudad de México tienen derecho a pedir que se aplique esta Ley cuando sea necesario. También aclara que ustedes, como ciudadanos, son la razón principal por la que existe esta Ley, por lo que deben ser tratados como lo más importante en su aplicación. En pocas palabras, la Ley está hecha para protegerlos a ustedes y ustedes pueden exigir que se cumpla.
Texto oficial
ARTICULO 11.- En todo momento los habitantes, vecinos y ciudadanos del Distrito Federal, tendrán el pleno derecho a invocar la aplicación de esta Ley y a ser considerados como principales destinatarios y sujetos de la misma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.