- Ley
- Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
- Artículo
- 2
Artículo 2 de la Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo define cómo se van a entender ciertas palabras a lo largo de la ley. Por ejemplo, cuando diga "Constitución", se refiere a la de todo México, y "Estatuto" a las reglas del gobierno de la CDMX. "Jefe de Gobierno" y "Asamblea" son los del Distrito Federal (ahora CDMX), y "Secretaría" es la de Gobierno de la ciudad. También aclara que "Programa" es el plan de población de toda la capital, y "Programa Delegacional" el de cada alcaldía. Finalmente, "Política de Población" son las medidas del gobierno para controlar cuánta gente vive, dónde y cómo crece la ciudad.
Texto oficial
ARTÍCULO 2- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: CONSTITUCIÓN: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ESTATUTO: El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; JEFE DE GOBIERNO: Jefe de Gobierno del Distrito Federal; ASAMBLEA: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal; SECRETARIA: La Secretaría de Gobierno del Distrito Federal; CONSEJO: Consejo de Población del Distrito Federal.(COPODF) CONSEJOS DELEGACIONALES.- Consejos de Población adscritos a cada una de las Delegaciones (COPODE) PROGRAMA: Programa de Población del Distrito Federal. PROGRAMA DELEGACIONAL: El Programa de Población de cada órgano político administrativo POLÍTICA DE POBLACIÓN: Las medidas explicitas o implícitas instituidas por el Gobierno del Distrito Federal, para influir en el tamaño, crecimiento y distribución de la población ESTRUCTURA: Composición de la población según diversas características específicamente demográficas (sexo, edad, estado civil, etc.) o no (grado de instrucción, actividad económica, etc.) considerada de manera aislada o asociada; POBLACIÓN: Suma de individuos que residen en un momento dado y delimitado en el territorio del Distrito Federal de acuerdo con los criterios variados de pertenencia;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.