- Ley
- Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
- Artículo
- 54
Artículo 54 de la Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 54 dice que se elimina por completo el Capítulo V de la ley, que hablaba sobre los Consejos Delegacionales de Población. Esto significa que ya no existen esos consejos ni las reglas que los regulaban. Al "derogar" ese capítulo, se borra de la ley como si nunca hubiera estado ahí. Así que todo lo relacionado con esos consejos ya no tiene validez ni se aplica.
Texto oficial
ARTICULO 54.- Se deroga CAPITULO V DE LOS CONSEJOS DELEGACIONALES DE POBLACIÓN
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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