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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-prestacion-servicios-inmobiliarios-distrito-federal/13
Ley
Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Reglamento va a definir los pasos que deben seguir los agentes de bienes raíces para obtener su certificado y registrarse oficialmente. Esto significa que habrá reglas claras sobre cómo demostrar que son profesionales capacitados. Si trabajas en bienes raíces, tendrás que cumplir con esos requisitos para poder ejercer legalmente. La idea es que solo personas autorizadas puedan ofrecer servicios inmobiliarios.

Texto oficial

Artículo 13. El Reglamento establecerá el procedimiento para certificar y registrar a los Profesionales Inmobiliarios.

Ver texto oficial de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.