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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-prestacion-servicios-inmobiliarios-distrito-federal/3
Ley
Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal
Artículo
3

Artículo 3 de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, según esta ley, los "Servicios Inmobiliarios" son tres cosas: primero, promover, vender o ayudar en el intercambio, compra o renta de propiedades. Segundo, encargarse de la administración de edificios o terrenos. Tercero, dar asesoría sobre bienes raíces. En otras palabras, cualquier actividad relacionada con comprar, vender, rentar o administrar una casa o terreno cuenta como un servicio inmobiliario.

Texto oficial

Artículo 3. Para efectos de la presente Ley, se consideran Servicios Inmobiliarios los siguientes: La promoción, comercialización o intermediación en la permuta, compraventa o arrendamiento de bienes inmuebles. La Administración de Inmuebles Consultoría de Servicios Inmobiliarios.

Ver texto oficial de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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