- Ley
- Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro del que habla el artículo es una oficina que depende de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México. Su trabajo es asegurarse de que las personas que viven con VIH/SIDA u otras infecciones de transmisión sexual (ITS) reciban prevención y atención completa. También tiene que seguir las leyes y reglas que ya existen sobre el tema. En pocas palabras, esta oficina se encarga de cuidar y apoyar a los habitantes de la ciudad que tienen estas enfermedades.
Texto oficial
Artículo 23. El Centro es una Dirección Ejecutiva adscrita a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, al cual le corresponde definir, impulsar y garantizar la prevención y la atención integral de los habitantes del Distrito Federal con VIH/SIDA y otras ITS de conformidad a lo establecido en los instrumentos jurídicos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.