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Ley
Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo es un grupo de personas (una "instancia colegiada") que siempre está activo y tiene varias funciones clave: diseñar planes, consultar, evaluar y coordinar las estrategias y programas para prevenir y atender de manera integral a quienes viven con VIH/SIDA u otras infecciones de transmisión sexual (ITS). En este grupo participan representantes del gobierno, de organizaciones sociales y de empresas privadas de la Ciudad de México. Todo esto se hace siguiendo lo que dice esta Ley y otras reglas que aplican. En pocas palabras, es un equipo donde distintos sectores trabajan juntos para ayudar a las personas afectadas por estas enfermedades.

Texto oficial

Artículo 26. El Consejo, es una instancia colegiada permanente de diseño, consulta, evaluación y coordinación de las estrategias y programas de prevención, y atención integral a las personas afectadas por el VIH/SIDA y otras ITS, en el que participarán los sectores público, social y privado del Distrito Federal, en los términos de esta Ley y de las disposiciones aplicables.

Ver texto oficial de la Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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