- Ley
- Ley de Prevención Social del Delito y la Violencia de la Ciudad de México
- Artículo
- 5
Artículo 5 de la Ley de Prevención Social del Delito y la Violencia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo es como un diccionario para entender una ley sobre prevención del delito y la violencia en la Ciudad de México. Te explica qué significan palabras clave como "autoprotección", que son las medidas que tomas para cuidar tu seguridad. También define quiénes son las autoridades que participan, como las Alcaldías (las oficinas de gobierno de cada zona de la ciudad) y sus titulares. Por último, aclara que un "delito" es cualquier cosa que el Código Penal de la CDMX diga que está prohibida y tiene castigo.
Texto oficial
Artículo 5. Para efectos de la presente Ley se entenderá por: Autoprotección: Conjunto sistemático de prevenciones y de actuaciones aplicables y encaminadas a evitar riesgos y garantizar su propia seguridad; Consejo: Consejo de Prevención Social del Delito y la Violencia de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 Consejos de las Alcaldías: Los Consejos de las Alcaldías para la Prevención del Delito y la Violencia de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 Alcaldías: Los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales en que se divide la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 Persona titular de la Alcaldía: Los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales en que se divide la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 Delito: Toda acción u omisión expresamente prevista y sancionada por el Código Penal vigente de la Ciudad de México y leyes para la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 Gobierno: El Gobierno de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 Ley de Participación Ciudadana: La Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 Participación Ciudadana y Comunitaria: La participación de los diferentes sectores y grupos de la sociedad civil, organizada y no organizada, así como de la comunidad académica; y Programa Preventivo: El Programa para la Prevención Social del Delito y la Violencia en la Ciudad de México. Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25
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