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Ley
Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que la prevención y atención de problemas como el sobrepeso, la obesidad, la anorexia y la bulimia son una prioridad para la salud de todos. Todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México deben trabajar juntas para cumplir con esta ley, usando incluso tecnologías como internet o redes sociales. En su publicidad, no pueden usar imágenes de personas extremadamente delgadas como si eso fuera saludable o bonito, ni mensajes que te animen a tener malos hábitos alimenticios. En cambio, deben mostrar diferentes tipos de cuerpos y estilos de vida saludables para que nadie se sienta presionado a verse de cierta forma.

Texto oficial

Artículo 11.- La prevención y atención del sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria, especialmente la anorexia y la bulimia nerviosas, como problema de salud pública, son un asunto prioritario. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, así como los órganos de gobierno y autónomos, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollarán acciones para dar cumplimiento al objeto de la presente Ley, utilizando incluso las nuevas tecnologías de información y comunicación. En su publicidad, como instrumento de difusión de acciones o servicios que proporcionen, no utilizarán imágenes de personas con extrema delgadez como estereotipos de salud o belleza, así como en la transmisión de mensajes que induzcan a conductas que propicien trastornos de la conducta alimentaria y distorsionen los hábitos de la alimentación correcta. Deberán incorporar imágenes que ofrezcan una visión plural de la sociedad para el fomento de estilos de vida saludables.

Ver texto oficial de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.