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Ley
Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como dependencias, delegaciones y organismos autónomos, tienen que promover que sus empleados hagan ejercicio durante la jornada laboral para dejar de estar sentados todo el día y mejorar su salud. También deben crear lugares deportivos y de recreación a los que los trabajadores puedan entrar sin pagar. Para llevar a cabo estas actividades, estas oficinas tienen que trabajar en equipo con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 13.- Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, así como los Órganos de Gobierno y Autónomos fomentarán rutinas de actividad física dentro de sus instalaciones, que permitan modificar hábitos laborales de sedentarismo y brinden beneficios a la salud de las y los trabajadores. Asimismo, promoverán espacios deportivos y de recreación para que su personal pueda acceder de manera gratuita. Para el desarrollo de estas acciones, deberán coordinarse con la Secretaría de Salud del Distrito Federal.

Ver texto oficial de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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