- Ley
- Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como dependencias, delegaciones y organismos autónomos, tienen que promover que sus empleados hagan ejercicio durante la jornada laboral para dejar de estar sentados todo el día y mejorar su salud. También deben crear lugares deportivos y de recreación a los que los trabajadores puedan entrar sin pagar. Para llevar a cabo estas actividades, estas oficinas tienen que trabajar en equipo con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 13.- Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, así como los Órganos de Gobierno y Autónomos fomentarán rutinas de actividad física dentro de sus instalaciones, que permitan modificar hábitos laborales de sedentarismo y brinden beneficios a la salud de las y los trabajadores. Asimismo, promoverán espacios deportivos y de recreación para que su personal pueda acceder de manera gratuita. Para el desarrollo de estas acciones, deberán coordinarse con la Secretaría de Salud del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.