- Ley
- Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
- Artículo
- 4
Artículo 4 de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el plan más importante del gobierno de la Ciudad de México para atacar la obesidad, el sobrepeso y los problemas de alimentación se llama "Programa del Distrito Federal para la prevención y combate de la obesidad, sobrepeso y trastornos de la conducta alimentaria". Este plan tiene que aparecer como un tema aparte en los informes y programas oficiales del gobierno, como el Plan General de Desarrollo, los informes anuales y de gasto, y también en el proyecto de presupuesto de cada año y en el documento final que lo aprueba. En pocas palabras, el gobierno está obligado a incluir este programa en todos sus documentos importantes para que siempre se le dé prioridad.
Texto oficial
Artículo 4.- El Programa del Distrito Federal para la prevención y combate de la obesidad, sobrepeso y trastornos de la conducta alimentaria, será el instrumento principal de acción gubernamental en materia de esta Ley. El Programa deberá ser incluido como un apartado específico en los Programas e Informes del Gobierno del Distrito Federal, entre ellos, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, los Informes Anuales y de Gasto; así como en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de cada año y en el Decreto respectivo. CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES PARA LA PREVENCIÓN Y COMBATE DE LA OBESIDAD, SOBREPESO Y TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.