- Ley
- Ley para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición por Particulares en la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición por Particulares en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un funcionario público de la Ciudad de México (como un policía o un juez) detiene a alguien sin razón legal y después se niega a decir dónde está o a reconocer que lo tiene, está cometiendo el delito de desaparición forzada. También comete este delito si ordena o permite que otro lo haga, dejando a esa persona sin protección de la ley. La consecuencia es una condena de 20 a 40 años de cárcel, una multa de entre 67,290 y 100,935 veces la Unidad de Medida y Actualización (como un salario mínimo), y perder para siempre el derecho a trabajar en el gobierno.
Texto oficial
Artículo 7.- Comete el delito de desaparición forzada de personas el servidor público de la Ciudad de México, que de cualquier forma prive de la libertad a una o más personas, o bien, ordene, autorice, apoye, consienta, o tolere que otros lo hagan, seguida de la falta de información o la negativa a reconocer la existencia de tal privación o a proporcionar información sobre su paradero o localización, substrayendo con ello a la víctima de la protección de la ley e impidiendo el ejercicio de los recursos legales y las garantías procesales procedentes previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes vigentes en la Ciudad de México así como de los tratados internacionales; y, se le impondrá una pena de veinte a cuarenta años de prisión y multa de 67,290 a 100,935 veces la unidad de medida y actualización, además de la destitución e inhabilitación definitiva para ejercer un cargo, empleo o comisión en cualquier ámbito del Gobierno Mexicano.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.