- Ley
- Ley para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición por Particulares en la Ciudad de México
- Artículo
- 9
Artículo 9 de la Ley para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición por Particulares en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien que no es servidor público y que tampoco actúa con ayuda de un servidor público de la Ciudad de México, secuestra a una persona o permite que otros lo hagan, y además se niega a dar información sobre dónde está la víctima, comete el delito de desaparición por particulares. La ley lo castiga con una condena de 15 a 30 años de cárcel y una multa que va de 67,290 a 100,935 veces la Unidad de Medida y Actualización (cada UMA vale alrededor de 108 pesos en 2024). Las consecuencias de este delito se suman a las de cualquier otro delito que se haya cometido al mismo tiempo, y además este delito nunca prescribe, es decir, se puede perseguir siempre, sin importar el tiempo que pase.
Texto oficial
Artículo 9.- Comete el delito de desaparición por particulares, la persona que no teniendo el carácter de servidor público del Gobierno Mexicano y que sin actuar por orden, autorización, aquiescencia o apoyo de uno o más servidores públicos del Gobierno de la Ciudad de México, priven de cualquier forma la libertad de la o las personas, o bien autorice, apoye, consienta o tolere que otros lo hagan, seguida de la falta de información o la negativa a reconocer la existencia de tal privación con la finalidad de ocultar o no proporcionar información sobre el paradero o localización de la víctima; y, se le impondrá una pena de quince a treinta años de prisión y multa de 67,290 a 100,935 veces la unidad de medida y actualización. Las sanciones impuestas en estos casos, serán independientes de las que lleguen a determinarse por la comisión de otros delitos; este delito no prescribirá.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.