- Ley
- Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no cumples con lo que dicen el artículo 12 (en su punto 15) y el artículo 13 (en su punto 6), te van a multar. La multa va de 2,000 a 4,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), que es una cantidad que cambia cada año. Para que te des una idea, una UMA vale alrededor de 108 pesos en 2024, así que estarías hablando de entre unos 216,000 y 432,000 pesos. Básicamente, si no haces lo que la ley te pide en esos puntos, te sale caro.
Texto oficial
Artículo 22.- Se sancionará con el equivalente de 2,000 a 4,000 UMAS, el incumplimiento de las obligaciones contempladas en el artículo 12 fracción XV, y en el artículo 13 fracción VI;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.