- Ley
- Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no cumples con las reglas del artículo 12 (que incluyen obligaciones como garantizar seguridad, tener boletos válidos, y otras), te van a castigar prohibiéndote organizar entre 1 y 2 eventos deportivos del mismo tipo, según el calendario de competencias. Eso significa que, por ejemplo, si organizaste un partido de futbol y no cumpliste, no podrás organizar otro partido por un tiempo.
Texto oficial
Artículo 23.- Se sancionará con el impedimento para organizar de uno a dos Espectáculos Deportivos de la misma naturaleza, en función del calendario correspondiente, por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en las fracciones I, II, III, IV, VI, VII, VIII, IX, X y XI, del artículo 12 de esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.