- Ley
- Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no cumples con lo que dice la fracción I del artículo 14 de esta ley, te van a multar con entre 10 y 20 UMAS. La UMA es una unidad que el gobierno usa para calcular multas y otros pagos, y su valor se actualiza cada año. Eso quiere decir que la multa no es un monto fijo, sino que cambia según el valor de la UMA en ese momento.
Texto oficial
Artículo 26.- Se sancionará con el equivalente de 10 a 20 UMAS, por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la fracción I, artículo 14 de esta Ley;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.