- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
- Artículo
- 118
Artículo 118 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Artículo 118: Cuando se "suspende" un juicio o proceso, lo único que pasa es que todo se queda como está en ese momento. Eso significa que no se puede avanzar ni hacer cambios. Todo sigue igual hasta que se resuelva la apelación o queja que se presentó. En pocas palabras, es como ponerle pausa al asunto, sin mover nada, mientras se espera una decisión final.
Texto oficial
Artículo 118.- La suspensión sólo tendrá como efecto que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, en tanto se pronuncia la resolución al recurso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.