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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-procedimiento-administrativo/119
Ley
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Artículo
119

Artículo 119 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cambian las razones por las que te dieron la suspensión, tu jefe directo puede quitártela. Por ejemplo, si te dieron permiso por una situación especial y esa situación ya no existe, él puede cancelarlo. La decisión la toma la persona que está por encima de ti en el trabajo, no cualquiera. Solo pasa si las condiciones que permitieron la suspensión ya no son las mismas.

Texto oficial

Artículo 119.- La suspensión podrá revocarse por el superior jerárquico, si se modifican las condiciones bajo las cuales se otorgó.

Ver texto oficial de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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