- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
- Artículo
- 4
Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley se usa como apoyo para otras leyes que regulan cómo funciona el gobierno de la Ciudad de México, pero hay algunas excepciones importantes. Por ejemplo, el "recurso de Inconformidad" (que es como una queja formal) que menciona esta ley siempre se aplica aunque otra ley diga lo contrario. También, las "Visitas de Verificación" (inspecciones que hace el gobierno) solo se rigen por esta ley en los temas que ella misma señala. Además, el proceso para renovar licencias, permisos o autorizaciones, y algunos trámites del artículo 35, se hacen según lo que dice esta ley. Cuando esta ley no mencione algo específico y no vaya en contra de lo que ella dice, se usan como referencia el Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México y la ley que regula al Instituto de Verificación Administrativa, pero solo en lo que sea compatible.
Texto oficial
Artículo 4.- La presente Ley se aplicará de manera supletoria a los diversos ordenamientos jurídicos que regulan a la Administración Pública de la Ciudad de México; excepto en lo siguiente: en lo relativo al recurso de Inconformidad previsto en esta Ley, que se aplicará a pesar de lo que en contrario dispongan los diversos ordenamientos jurídicos; en lo que respecta a las Visitas de Verificación, las cuales se sujetarán a lo previsto por esta Ley, en las materias que expresamente contemple este último ordenamiento; y en lo referente al procedimiento de revalidación de licencias, autorizaciones o permisos, así como a las declaraciones y registros previstos en el artículo 35 de esta Ley. A falta de disposición expresa y en cuanto no se oponga a lo que prescribe esta Ley, se estará, en lo que resulte aplicable, a lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, y la Ley que regule al Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México y su Reglamento, respecto a las instituciones reguladas por esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.