- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
- Artículo
- 54
Artículo 54 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En los trámites y decisiones de un procedimiento administrativo (como los que haces ante el gobierno de la Ciudad de México), se pueden usar formatos o papeles ya aprobados y publicados según lo que marca esta ley. Esos formatos te los deben dar completamente gratis en las oficinas del gobierno. No tienes que pagar nada por ellos.
Texto oficial
Artículo 54.- En las promociones, actuaciones y resoluciones del procedimiento administrativo podrán utilizarse formas impresas autorizadas previamente y publicadas en los términos de esta Ley, las cuales serán distribuidas gratuitamente por las dependencias y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.