- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
- Artículo
- 62
Artículo 62 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un servidor público (como un funcionario) pide excusarse de un caso porque cree que no puede ser imparcial, y su jefe decide que no tiene razón para hacerlo, el jefe le regresa el expediente para que él siga atendiendo el asunto. Si el jefe sí considera válida la excusa, entonces en su decisión debe decir quién va a reemplazar al funcionario, y ese reemplazo debe tener el mismo puesto o rango. Pero si no hay otro funcionario con el mismo nivel, entonces el jefe se queda con el caso y lo resuelve directamente.
Texto oficial
Artículo 62.- En el caso de que se declarara improcedente la excusa planteada, el superior jerárquico devolverá el expediente para que el servidor público continúe conociendo del mismo. Tratándose de excusas procedentes, la resolución que la declare deberá contener el nombre del servidor público que deberá conocer del asunto, quien habrá de tener la misma jerarquía del servidor impedido. Si no existiera servidor público de igual jerarquía al impedido, el superior jerárquico conocerá directamente del asunto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.