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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-procedimiento-administrativo/63
Ley
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Artículo
63

Artículo 63 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu jefe se entera de que estás en una situación que la ley considera conflicto de interés (como las que dice el artículo 60), debe ordenarte que ya no participes en el trámite o proceso. En pocas palabras, te van a sacar del asunto para evitar favoritismos o problemas. Esto aplica cuando el jefe se dé cuenta, aunque tú no hayas dicho nada. La idea es que no sigas actuando si hay algo que pueda afectar tu imparcialidad.

Texto oficial

Artículo 63.- Cuando el superior jerárquico tenga conocimiento de que alguno de sus subalternos se encuentra en alguno de los supuestos que establece el artículo 60 de esta Ley, ordenará que éste se abstenga de intervenir en el procedimiento.

Ver texto oficial de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.