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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-procedimiento-administrativo/76
Ley
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Artículo
76

Artículo 76 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tengas que recibir una notificación, citatorio o cualquier aviso de una autoridad, y la ley no diga un plazo exacto, te darán 3 días hábiles para que respondas o entregues lo que te piden. Los días hábiles son los que se trabajan normalmente (de lunes a viernes, sin contar sábados, domingos ni días festivos). La dependencia de gobierno que te contacte está obligada a informarte este plazo por escrito para que estés enterado.

Texto oficial

Artículo 76.- Para la práctica de las notificaciones, citaciones, emplazamientos, requerimientos, visitas e informes, a falta de términos o plazos específicos establecidos en ésta y otras normas administrativas, se harán en tres días hábiles. La dependencia o la entidad competente deberá hacer del conocimiento del interesado dicho término.

Ver texto oficial de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.