- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
- Artículo
- 83
Artículo 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te notifican algo de manera incorrecta —por ejemplo, te dejan un aviso en un lugar equivocado—, esa notificación solo empieza a valer a partir del día en que tú mismo digas que ya la conoces. También puede empezar a valer si presentas un recurso, que es un documento para impugnar o quejarte de lo que te notificaron. En pocas palabras, aunque te avisen mal, el asunto avanza hasta que tú actúes o aceptes que te enteraste.
Texto oficial
Artículo 83.- Las notificaciones irregularmente practicadas surtirán efectos a partir de la fecha en que se haga la manifestación expresa por el interesado o su representante legal de conocer su contenido o se interponga el recurso correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.