- Ley
- Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 114 Bis
Artículo 114 Bis de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que una elección de jueces o juezas en la Ciudad de México se puede anular (es decir, declarar inválida) por razones como estas: que al menos el 25% de las casillas donde se vota tengan pruebas de alguna irregularidad grave, que no se haya instalado el 25% o más de las casillas y la gente no pudo votar, que la persona ganadora no cumpla con los requisitos para ser juzgadora, que se haya usado dinero ilegal para la campaña, o que algún funcionario público o partido político haya ayudado o perjudicado a un candidato de forma indebida. Pero ojo, para que la elección se anule, esos errores deben estar comprobados y tener la culpa del resultado final.
Texto oficial
Artículo 114 Bis. Son causales de nulidad de la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Ciudad de México, adicionalmente a las aplicables previstas en el Artículo 27, letra D de la Constitución Política de la Ciudad de México: a)Cuando alguna o algunas de las causales de nulidad previstas en el artículo 114 de esta Ley, se acrediten en por lo menos el 25% de las casillas instaladas en el ámbito correspondiente a cada elección; b)Cuando en el ámbito correspondiente a la elección de que se trate, no se instale el 25% o más de las casillas y consecuentemente la votación no hubiere sido recibida; c) Cuando la candidatura ganadora de la elección resulte inelegible; d)Cuando se acredite el uso de financiamiento público o privado, con excepción del legalmente permitido por el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, o e)Cuando se acredite que partidos políticos o personas servidoras públicas beneficiaron o perjudicaron indebidamente la campaña de una persona candidata. Las causales de nulidad señaladas en el párrafo anterior deberán estar plenamente acreditadas y se debe demostrar que las mismas fueron determinantes para el resultado de la elección. Artículoadicionado G.O. CDMX 23/12/24
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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