- Ley
- Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 145
Artículo 145 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para presentar una demanda, tu escrito debe incluir: tu nombre completo y un domicilio donde recibir notificaciones legales (como citaciones); el nombre y domicilio de la persona a quien demandas; qué es lo que estás pidiendo y las razones por las que lo reclamas; y los hechos y fundamentos legales en los que te basas. Puedes ofrecer tus pruebas desde que presentas la demanda o hasta la audiencia, pero si no vas personalmente, debes llevar un documento que acredite tu representación. Finalmente, es obligatorio que firmes el escrito de puño y letra; si no tiene tu firma, el juez lo rechazará de inmediato y no lo tomará en cuenta.
Texto oficial
Artículo 145. El escrito de demanda deberá reunir los requisitos siguientes: Señalar nombre completo y domicilio para oír y recibir notificaciones; Señalar el nombre y domicilio de la parte demandada; Expresar el objeto de la demanda y detallar las prestaciones que se reclaman; Expresar las consideraciones de hecho y de derecho en que se funda la demanda; Podrán ofrecer las pruebas de las que dispongan y que estimen pertinentes, a su elección, desde el momento de la interposición de la demanda o en la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas. Si no concurren de forma personal deberán acompañar el documento con que acrediten su personería en términos de esta Ley; y Asentar la firma autógrafa de la parte promovente; en caso de no contener ésta, se tendrá por no presentado el escrito de demanda desechándose de plano.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.