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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-procesal-electoral/185
Ley
Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
185

Artículo 185 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 185 dice que, cuando te notifiquen algo (te avisen formalmente de un trámite o documento legal), ese aviso se considera válido desde el mismo día en que te lo dan. O sea, no tienes que esperar hasta el día siguiente para que cuente. La notificación empieza a hacer efecto en el momento exacto en que te la entregan.

Texto oficial

Artículo 185. Las notificaciones surtirán sus efectos el mismo día en que se realicen.

Ver texto oficial de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.