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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-procesal-electoral/73
Ley
Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
73

Artículo 73 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez necesita avisarte de una decisión legal, a veces lo hace pegando un documento oficial en un lugar visible del juzgado, que se llama "estrados". Ahí ponen una copia del aviso y una hoja que explica lo que pasó, y anotan en el expediente que ya lo hicieron. Ese documento se queda pegado en ese lugar por lo menos tres días para que puedas verlo. Pasado ese tiempo, lo quitan y también lo dejan anotado.

Texto oficial

Artículo 73. Las notificaciones por estrados se sujetarán a lo siguiente: Se fijará copia autorizada del auto, acuerdo o sentencia, así como de la cédula de notificación correspondiente, asentando la razón de la diligencia en el expediente respectivo; y Los proveídos de referencia permanecerán en los estrados durante un plazo mínimo de tres días, asentándose la razón de su retiro.

Ver texto oficial de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.