- Ley
- Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 73
Artículo 73 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez necesita avisarte de una decisión legal, a veces lo hace pegando un documento oficial en un lugar visible del juzgado, que se llama "estrados". Ahí ponen una copia del aviso y una hoja que explica lo que pasó, y anotan en el expediente que ya lo hicieron. Ese documento se queda pegado en ese lugar por lo menos tres días para que puedas verlo. Pasado ese tiempo, lo quitan y también lo dejan anotado.
Texto oficial
Artículo 73. Las notificaciones por estrados se sujetarán a lo siguiente: Se fijará copia autorizada del auto, acuerdo o sentencia, así como de la cédula de notificación correspondiente, asentando la razón de la diligencia en el expediente respectivo; y Los proveídos de referencia permanecerán en los estrados durante un plazo mínimo de tres días, asentándose la razón de su retiro.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.