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Ley
Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para cambiar las reglas del edificio o el acta donde está escrito cómo se creó el condominio, primero se necesita juntar una asamblea especial (que no es la de cada año). A esa junta debe ir, como mínimo, la mitad más uno de los dueños (mayoría simple). Pero para que un cambio se apruebe, no basta con que la mayoría de los asistentes esté de acuerdo: los votos a favor tienen que sumar el 75% del valor total de todas las viviendas o locales. Si se modifica algo, hay que avisarle a la Procuraduría. Además, cualquier dueño o el administrador puede pedirle una opinión al Consejo contra la Discriminación de la CDMX para checar que el cambio no sea racista, sexista o viole tus derechos humanos.

Texto oficial

Artículo 11.- Cualquier modificación a la Escritura Constitutiva y su Reglamento Interno, se acordará en Asamblea General Extraordinaria, a la que deberán asistir por lo menos la mayoría simple de los condóminos; sin embargo, para su modificación se deberá requerir un mínimo de votos que representen el 75 % del valor total del condominio. En caso de que alguno de los instrumentos mencionados sufra alguna modificación, éste deberá ser notificado a la Procuraduría. Las personas condóminas o la persona administradora del condominio podrán solicitar al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México en el ámbito de sus facultades, una opinión consultiva sobre el contenido de cualquier modificación al Reglamento Interno del condominio con la finalidad de determinar si la propuesta cumple con la presente Ley, su Reglamento, el derecho a la igualdad y no discriminación, así como de los derechos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados y otros instrumentos internacionales celebrados por el Estado mexicano, en la Constitución Política de la Ciudad de México y en todas las disposiciones legales aplicables. Párrafo adicionado G.O. CDMX 04/08/23

Ver texto oficial de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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