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Ley
Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
Artículo
4

Artículo 4 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los derechos y obligaciones de los dueños de un departamento o local en un edificio (condóminos) dependen de varias cosas. Primero, de lo que marca esta ley y su reglamento, junto con el Código Civil de la Ciudad de México y otras leyes que apliquen. También deben cumplir con lo que diga la escritura que creó el condominio, el contrato de compraventa de tu propiedad, y el reglamento interno de ese edificio en particular. En resumen, no solo la ley general te pone reglas, sino también los acuerdos y documentos específicos de tu condominio.

Texto oficial

Artículo 4.- Los derechos y obligaciones de los condóminos se regirán por las disposiciones de la presente Ley, su Reglamento, del Código Civil para el Distrito Federal, las de otras leyes aplicables, así como por la Escritura Constitutiva del Régimen, el contrato de traslación de dominio y por el Reglamento Interno del condominio que se trate.

Ver texto oficial de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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